En la región de O'Higgins todos los estudiantes que deseen ingresar al establecimiento podrán solicitar matrícula a contar del miércoles 17 de enero ingresando al link: www.sistemadeadmisionescolar.cl. “Anótate en la Lista”.

Ingresando a www.sistemadeadmisionescolar.cl, haciendo clic en Anótate en la Lista, buscando un establecimiento educacional, realizando un registro en la plataforma, ingresando la información de la o el apoderado, de su estudiante y de contacto. Finalmente, registrando la solicitud de matrícula dentro de la plataforma.

Para el funcionamiento del procedimiento de Regularización, el Ministerio pondrá a disposición un sistema informático web que funcionará como un Registro Público, el que deberá ser utilizado por los apoderados y que corresponderá a una plataforma distinta que aquella disponible para las etapas de postulación previas. Para su utilización los apoderados deben realizar un nuevo registro dentro de Anótate en la Lista, así como el ingreso de la información de sus respectivos estudiantes que vayan a participar en esta etapa.

Las familias pueden anotarse en todos los establecimientos que deseen dentro de Anótate en la Lista, Vacantes 2024. Este es el único medio para solicita matrícula para el año 2024.

Ingresando a la página a través de www.sistemadeadmisionescolar.cl y haciendo clic en Anótate en la Lista. Además, llegará un correo electrónico en caso de que corra la lista de espera de los registros públicos de los establecimientos educacionales en los que está registrado.

Todos y todas las apoderadas que deseen o necesiten cambiar a sus hijos de establecimiento pueden solicitar matrícula en cualquier establecimiento de interés mediante Anótate en la Lista, independiente de la situación de matrícula de su estudiante.

Una vez que se asigna la vacante, el o la apoderada podrá aceptar o rechazar dicha asignación, sin que esto afecte la situación de la matrícula que tiene el o la estudiante. La matrícula de los estudiantes en esta etapa deberá realizarse directamente en los establecimientos que cuenten con vacantes, los que deberán verificar que el trámite lo realice el apoderado del estudiante, conforme a las definiciones de este reglamento. Siempre será necesario informar y retirar a la o el estudiante del establecimiento de origen, ya que de esta forma se puede liberar la vacante para otro/a estudiante. No se afecta la matrícula con la asignación por registro público.

Cada apoderado que se registre en el sistema con fin de participar del registro público deberá asociarse con un postulante, no será necesario acreditar el vínculo por el cual se relacionan. No obstante, si el estudiante se encuentra con matrícula vigente, al momento del retiro del estudiante de su establecimiento de origen se debe corroborar por el funcionario a cargo de ese proceso que la solicitud se realice por las personas habilitadas conforme a sus registros y a su reglamento interno.

Se puede anotar en la lista del registro público, aunque no tenga la tutoría legal. No obstante, al momento del retiro del estudiante del establecimiento de origen, el establecimiento debe corroborar que el retiro sea realizado por la persona que consta como apoderado en sus registros.

El apoderado puede proceder a la matrícula en el establecimiento en que se le asigne una vacante en el periodo de regularización, y se mantiene en el registro de los otros establecimientos educacionales. No se borran los registros de los otros establecimientos en los que se registró.

En caso de que la o el estudiante haya repetido de curso, podrá solicitar matrícula en el nivel anterior al que fue asignado y en el mismo establecimiento educacional, independiente de la sede o jornada.

En caso de que exista un problema de sistema, se bloqueará el registro para todos los usuarios. De esa forma, no se perderá la posibilidad de ocupar un puesto de la fila por problemas de sistema.

La única forma de solicitar matrícula en un establecimiento educacional es mediante Anótate en la Lista que dispone el Ministerio de Educación. No es posible realizar una solicitud de forma presencial.

La plataforma distinguirá el orden en que se hace clic en el botón “Solicitar Vacante”. Sólo en caso de que esto ocurra exactamente en el mismo segundo, se asignará el número en orden aleatorio.

Se asignan las vacantes en orden de llegada, es decir, según la fecha y hora en la que se realizó el registro, sin incorporar ningún otro criterio de prioridad.

No, el registro público del colegio debe garantizar que la admisión sea por orden de llegada (art 56, Decreto 152 año 2016 del Mineduc) y de esta forma asignar de manera transparente las vacantes disponibles. Por lo cual, el domicilio no es un factor de asignación.

Durante todo el periodo de regularización, toda vez que se libere una vacante, se tendrá la obligación de asignarla respetando el orden del registro en su lista de espera. Este periodo finaliza cuando comienza el periodo de matrícula para el año escolar 2025, fecha que se fija en el calendario del Sistema de Admisión Escolar a principios del año 2024.

Es muy importante ingresar a un curso en el que desea matricularse, ya que el establecimiento informará cuando se libere una vacante de ese curso en particular, lo que no implica que existan vacantes en otro curso de interés. Por lo tanto, sí se pierde el lugar de la fila.

Cada apoderado o apoderada podrá ingresar sólo una vez el registro de un o una estudiante en un mismo curso, sin embargo, puede solicitar matrícula en todos los cursos de un mismo establecimiento. Por su parte, un o una estudiante, puede ser registrada por más de un o una apoderada dentro de un mismo curso y establecimiento.

Todos los estudiantes que soliciten ingresar a un establecimiento mediante el presente procedimiento deberán ser admitidos en caso de que existan vacantes. En caso de que no se libere vacante en ninguno de los establecimientos en los que se solicitó matrícula, se recomienda buscar vacantes en http://vacantes.mineduc.cl para solicitar matrícula en un establecimiento que sí cuente con vacantes disponibles.